Ir al contenido

Sociedad en comandita

De Wikipedia, la enciclopedia libre
(Redirigido desde �Kommanditgesellschaft�)

La sociedad comanditaria o sociedad en comandita es una sociedad de tipo personalista, es decir, los socios no solamente limitan su compromiso o apoyo a la empresa solo con un aporte dinerario, sino que se extralimitan a ser ellos los encargados de por ejemplo administrar el sector productivo de la corporaci�n o estar involucrado con asuntos que van m�s all� del acto de poseer parte de las participaciones del capital. Este tipo de sociedad se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gesti�n de la sociedad, y socios comanditarios, que no participan en la gesti�n y cuya responsabilidad se limita al capital comprometido con la comanditaria.

Tipos de sociedades

[editar]

Las sociedades comanditarias pueden ser:

  • Sociedades comanditarias simples: no est�n obligadas a auditar sus cuentas anuales ni a depositarlas en el Registro Comercial, salvo en el caso de que, en la fecha de cierre del ejercicio, todos sus socios colectivos sean sociedades nacionales/extranjeras.
  • Sociedades comanditarias por acciones: est�n obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en el Registro Mercantil, cuando superen los l�mites fijados en el art�culo 257 de la Ley de Sociedades de Capital, aplic�ndose las mismas normas que a las sociedades an�nimas, con especialidades. Las sociedades comanditarias por acciones est�n consideradas sociedades de capital.[1]

La constituci�n de las sociedades comanditarias se formaliza en escritura p�blica que debe ser inscrita en el Registro Mercantil. En la escritura deben expresarse los mismos datos que los requeridos para las sociedades colectivas.

Escritura

[editar]

En la escritura de constituci�n de la sociedad comandita simple se deber� expresar:

  • El nombre, apellidos y domicilio de los socios o due�os
  • La raz�n social.
  • El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gesti�n de la compa��a y el uso de la firma social.
  • El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, cr�ditos o efectos, con expresi�n del valor que se d� a estos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoraci�n.
  • La duraci�n de la sociedad.
  • Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.
  • Los dem�s pactos l�citos que los socios estimen convenientes.
  • El n�mero de socios que la componen.

Socio

[editar]

La responsabilidad de los socios comanditarios frente a las deudas sociales est� limitada a la aportaci�n efectuada o, en su caso, comprometida, en caso de ser mayor que aquella.

Los nombres de los socios comanditarios no podr�n figurar en el nombre de la sociedad; en caso de incumplimiento responder�n de igual forma que los socios colectivos, sin poder aprovecharse de las ventajas de estos.

Derechos de los socios

[editar]
  • No pueden participar en la gesti�n de la sociedad (art�culo 148 del C�digo de Comercio) solo los socios colectivos, salvo que en el contrato social se estipule otro r�gimen de gesti�n.
  • No pueden examinar el estado de la administraci�n y la contabilidad (art�culo 150 del C�digo de Comercio).
  • Participar en los beneficios.

Fiscalidad

[editar]

Las sociedades comanditarias tributan en Espa�a a trav�s del Impuesto de Sociedades y no pueden acogerse al R�gimen Simplificado ni al del Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor A�adido. El tipo impositivo aplicable en el Impuesto de Sociedades es el 25 por 100. Existe un r�gimen fiscal especial, dentro del Impuesto sobre Sociedades, para las empresas de reducida dimensi�n, cuando dichas sociedades hubieran tenido en el a�o anterior un importe neto de la cifra de negocios inferior a 10 millones de euros.

Ventajas

[editar]
  • La principal ventaja que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, m�s probable que en la comanditaria simple.
  • Los socios colectivos pueden atraer el capital de otros sin que estos interfieran en la gesti�n de la empresa.
  • Responsabilidad limitada de los socios comanditarios.

Inconvenientes

[editar]
  • En Venezuela, la necesidad de contar con un capital m�nimo de 60.000 bol�vares fuertes (solo las sociedades comanditarias por acciones);
  • Tr�mites complicados en la vida social similares a los de las sociedades an�nimas;
  • Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios colectivos administradores.

Normativa

[editar]

Argentina

[editar]

En el Derecho argentino, este tipo de sociedades se hallan reguladas por la Ley General de Sociedades Comerciales Archivado el 15 de febrero de 2022 en Wayback Machine..

  • Sociedades en comandita simples: Art 134.� al 140.�.
  • Sociedades en comandita por acciones: Art 315.� al 324.�.
  • Art 0154851

Espa�a

[editar]

Su r�gimen jur�dico est� contenido en el RD Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, para las sociedades comanditarias por acciones y en el Reglamento del Registro Mercantil para las sociedades comanditarias simples.

México

[editar]

En cuanto a la legislación mexicana, encuentran su reglamentación en la Ley General de Sociedades Mercantiles. La sociedad en comandita simple se encuentra regulada del artículo 51 al 56, mientras que la Sociedad en Comandita por Acciones la regula del artículo 207 al 211 además de que se regirá por las reglas relativas a la Sociedad Anónima.

El Salvador

[editar]

Su fundamentación legal está contenida en el Código de Comercio, en el cual se aprecia la regulación de la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones del artículo 93 al 100 y del artículo 296 al 305 respectivamente.[2]


Colombia

Su fundamento legal se encuentra contenido en el Título IV del Código de Comercio, el cual regula, la formación, capital social, socios, modalidades y causales de disolución. Se caracterizan porque tiene dos tipos de socios, los primeros se denominan socios comanditarios ,los cuales aportan capital a la sociedad pero no tienen participación en la administración y en la gestión de esta, ni tienen responsabilidad personal por las deudas; mientras que los segundos se denominan socios colectivos, los cuales aportan capital a la sociedad, tienen participación en la administración y gestión de esta y responden de forma ilimitada. [3]​Estas se clasifican en:

Sociedad Comandita Simple: se constituye con aportes en cuotas o partes de interés y un número limitado de socios comanditarios (25 máximo). La constitución se da por medio de la escritura que será otorgada por los socios colectivos, con o sin la intervención de los socios comanditarios, siempre y cuando estén en la escritura con sus respectivos datos y aportaciones.

Sociedad Comandita por Acciones: requiere para su formación un mínimo de 5 socios y su capital se divide en acciones. En el acto constitutivo no es necesario que intervengan los socios comanditarios, siempre y cuando en su escritura estén presentes sus datos y el número de acciones suscritas, valor nominal y parte pagada.

La principal diferencia entre ambas radica entre la naturaleza de los aportes y en los requisitos para su constitución. Cabe resaltar que, los socios comanditarios no podrán ejercer como delegados de los socios colectivos y para negocios determinados. En caso de que esto suceda obran por medio de poder y responden solidariamente con los gestores por las operaciones que realicen. En caso de que exista duda de la calidad o tipo de socio se presume como socio colectivo, mientras que si existe duda sobre el tipo de sociedad comandita se presume colectiva.

Véase también

[editar]

Referencias

[editar]
  1. Real Decreto Legislativo español 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital
  2. Asamblea Legislativa de la República de El Salvador (17 de septiembre de 2021). «Código de Comercio». Decreto nº 671 (San Salvador). 
  3. «Leyes desde 1992 - Vigencia expresa y control de constitucionalidad [CODIGO_COMERCIO_PR010]». www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 17 de octubre de 2024.