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Oferta pública de adquisición

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Una oferta p�blica de adquisici�n (OPA) de acciones u otros valores es una operaci�n mercantil en la que una o varias sociedades (oferentes) realizan una oferta de compra de acciones a todos los accionistas de una sociedad admitida a cotizaci�n en un mercado oficial para, de esta forma, alcanzar una participaci�n en el capital con derecho de voto de la sociedad (junto con la que ya se posea, en su caso) que sea significativa. El precio fijado en la OPA puede hacerse efectivo por el oferente mediante dinero, acciones o de forma mixta utilizando tanto acciones como dinero.[1]

Como valores que puedan dar derecho a suscripci�n o adquisici�n de acciones, se encuentran tambi�n los derechos de suscripci�n, las obligaciones convertibles, warrants o similares.

Una de las finalidades de las OPAS puede ser la toma de control de la sociedad. Tras la presentaci�n de una OPA de toma de control, aquellas terceras partes que tambi�n deseen alcanzar el dominio de la sociedad tienen la posibilidad de lanzar una OPA denominada "competidora" antes de que venza el plazo para acogerse a la primera. La OPA tambi�n puede tener como finalidad la exclusi�n, cuando el objetivo es abandonar el mercado burs�til comprando todas las acciones en circulaci�n.

Tipos de OPA

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OPA amistosa

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Se considera una OPA amistosa cuando est� aprobada por la c�pula directiva de la sociedad afectada o lo que es lo mismo; cuando existe un acuerdo t�cito o expreso entre la empresa oferente (opante) y la direcci�n de la empresa opada. Una OPA hostil es, por el contrario, aquella que no goza de dicha aprobaci�n.

OPA obligatoria

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Fundamentalmente, para defender los derechos de los accionistas, las legislaciones prev�n determinados casos en los que es obligatorio realizar una oferta p�blica (OPA). Normalmente en procesos de toma de control de una entidad, exclusi�n de su cotizaci�n en Bolsa y en casos de reducci�n de capital. Si la OPA se lanza por imperativo legal, deber� cumplir los requisitos marcados por la ley referidos a precio, condiciones para acogerse a la misma y alcance.

OPA total

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Una OPA total es aquella que se lanza sobre el 100% del capital de la empresa objetivo, mientras que ser� parcial si se realiza sobre un porcentaje del capital de la empresa opada. Actualmente en Espa�a, toda OPA que sea obligatoria por ley, tiene que ser total.

OPA hostil

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Una OPA hostil se refiere a aquella oferta p�blica de compra de acciones que no cuenta con el benepl�cito de la sociedad opada y cuya direcci�n recomienda a los accionistas que no vendan. Generalmente la direcci�n de la empresa opada considera que el precio (o en su caso, el canje de acciones) ofrecido est� por debajo del valor real de los activos de la empresa.

Es habitual que se d� una OPA hostil cuando los inversores estiman que el valor en bolsa de una sociedad est� por debajo del valor de mercado de sus activos. Existe entonces un incentivo para ofrecer un precio por acci�n superior al precio en el mercado burs�til y conseguir as� una participaci�n en la empresa a un precio inferior al valor de los activos de dicha sociedad. En algunos casos, el objetivo de los opantes podr�a ser revender los activos ya sea en conjunto o troceados y obtener as� el beneficio correspondiente a la diferencia entre el precio de adquisici�n durante la OPA y el valor de los activos de la empresa.

Defensa ante una OPA hostil

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  1. La joya de la corona: Este m�todo de defensa se basa en vender el activo fijo m�s caro de la empresa que quiere ser adquirida, de forma que el valor de sus acciones bajar� y la empresa perder� la mayor parte de su atractivo para los compradores. Es un riesgo alto de sufrir p�rdidas, pero en general permitir� conservar la empresa.
  2. La p�ldora envenenada: Consiste en que la empresa que quiere ser adquirida se endeude r�pidamente, adquiriendo deudas por pr�stamos, financi�n o procedimientos similares. Con esto har� que el valor de sus acciones baje en picado y la empresa pierda valor y atractivo ante los adquisidores. Se corre un riesgo muy grande, ya que se perderá gran parte del valor de las acciones, pero se podrá conservar la empresa en su totalidad.
  3. El caballero blanco: Este modo de defensa puede ser considerado de doble filo, puesto que se basa en protegerse y obtener ayuda de una segunda empresa considerada amistosa, dejándose ser adquirida por esta. Así, con este apoyo, los adquisidores iniciales perderán el interés por comprarla. Pero si no se hace una buena elección, la nueva empresa elegida como refugio podría hacer mal uso de su compromiso de prestar ayuda.

Algunos ejemplos notables

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Véase también

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Enlaces externos

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Referencias

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