Pretor
Praetor | ||
---|---|---|
�mbito | Antigua Roma | |
Titular de | pretura | |
Creaci�n | 366 a. C. | |
Supresi�n | siglo V | |
Pretor[1] (en lat�n, praetor) era el t�tulo concedido por el gobierno de la Antigua Roma a un hombre que actuaba en una de dos capacidades oficiales: (i) el comandante de un ej�rcito, y (ii) un magistratus (magistrado) elegido, designado para desempe�ar diversas funciones. Las funciones de la magistratura, la praetura (pretor�a), se describen con forma adjetiva:[2]praetoria potestas (poder pretoriano), praetorium imperium (autoridad pretoriana), y praetorium ius (derecho pretoriano), siendo los precedentes legales establecidos por los praetores (pretores). Praetorium, como sustantivo, indicaba el lugar desde el que el pretor ejerc�a su autoridad, ya fuera la sede de sus castra, el tribunal de su judicatura o el ayuntamiento de su gobernaci�n provincial.[3]
En tanto magistrado, la jerarqu�a de un pretor se alineaba inmediatamente por debajo de la de c�nsul. En los primeros tiempos de la Rep�blica romana, el t�rmino pretor serv�a para designar a los c�nsules, porque estaban colocados al frente de los ej�rcitos, pero en el a�o 366 a. C. se cre� en Roma, con el t�tulo particular de praetor, una nueva magistratura cuya funci�n principal era la de administrar justicia en la fase in iure, conceder interdictos, restitutiones in integrum y otras funciones judiciales, adem�s estaba dotado del ius edicendi.[4] Otras funciones del pretor inclu�an las de convocar al Senado y los comicios, promulgar leyes, gobernar provincias y comandar ej�rcitos. Este cargo, llamado pretura,[5] fue creado en el a�o 367 a. C. por las Leyes Sextias y Licinas. Desde su creaci�n hasta el a�o 241 a. C. solo existi� un cargo de pretor en Roma, encargado de la organizaci�n de los procesos. En este a�o se cre� otro para proteger a los extranjeros. Su n�mero fue creciendo a la par que Roma iba conquistando nuevos territorios. A pesar del n�mero de pretores, esta magistratura no estaba colegiada, ya que no todos ten�an las mismas competencias y estas eran sorteadas. Estaban investidos de imperium e ius auspiciorum maius.
Los plebeyos no llegaron a la pretura sino hasta 337 a. C.,[6] aunque el cargo estuvo accesible tanto a patricios como a plebeyos desde el principio.
Funciones
[editar]La pretor�a era un importante cargo militar y civil solo superado en importancia por el cargo de c�nsul entre las magistraturas regulares.[7] Fue asimismo una de las instituciones pol�ticas romanas m�s longevas, desde su origen a mediados del siglo IV hasta el final del Imperio. El pretor ostentaba el imperium (tradicionalmente, la autoridad real civil y militar original) similar, si bien menor (imperium minus), al de los c�nsules y los dictadores.[7] A ra�z de esto, pod�an ejercer casi todas las actividades y labores de un c�nsul, siempre y cuando un c�nsul no se los impidiera. En tanto los c�nsules de la ciudad estaban constantemente ausentes de ella, el imperium de los pretores les daba importantes responsabilidades. El pretor urbano era, en la ausencia de los c�nsules de la ciudad, el principal magistrado de Roma y, como tal, presid�a el Senado.[7] El pretor urbano y (para el siglo II) el pretor peregrino estaban a la cabeza de todo el sistema jur�dico romano. Los pretores llegaron a estar a cargo de tribunales penales permanentes a medida que se establec�an. Todos los pretores eran potenciales comandantes militares y eran enviados regularmente a gobernar las provincias territoriales fijadas. Pronto se convirti� en el puesto m�s alto al que pod�a aspirar la mayor�a de quienes iniciaban una carrera p�blica.[7]
Historia del t�tulo
[editar]El estatus del praetor en los inicios de la rep�blica no est� claro. La descripci�n tradicional de Livio afirma que la pretor�a fue creada por las Leges Sextianas-Licinianas en el 367 a. C., pero tanto Livio como otros romanos de la rep�blica tard�a eran conscientes de que los principales magistrados eran previamente llamados praetor.[8] Por ejemplo, Festo se refiere a 'los pretores, que ahora son c�nsules'.[8]
La forma de la rep�blica cambi� sustancialmente a lo largo de su historia, y las descripciones sobre el desarrollo de la rep�blica en el periodo imperial temprano se ven empa�adas por anacronismos que proyectan en el pasado las pr�cticas entonces contempor�neas.[9] En los primeros periodos de la rep�blica, es posible que pretor "no haya significado m�s que l�der en el sentido m�s b�sico,"[10] derivado de praeire (proceder) o de praeesse (ser preeminente).[11] Estos primeros pretores pueden haber sido simplemente l�deres de clanes que dirig�an "fuerzas militares de forma privada y libre de control estatal,"[12] con una multitud de l�deres privados que dirig�an ej�rcitos privados.[13]
Estos l�deres militares tempranos acabaron institucionaliz�ndose en cuerpos de magistrados fijos elegidos por el pueblo y con un claro control estatal sobre las actividades militares. A esto tambi�n contribuy� probablemente "el uso de recuperatores para mediar en las disputas y de sacerdotes feciales para controlar la declaraci�n de guerra,"[14] con el efecto de que se hizo m�s dif�cil que individuos particulares iniciaran guerras contra los vecinos de Roma.[14] Las reformas del a�o 449 a. C. tambi�n pueden haber exigido "por primera vez que todos los comandantes militares fueran confirmados por una asamblea popular [que representara] al pueblo romano".[15]
El surgimiento de la pretor�a cl�sica fue un largo proceso que se inici� de manera definitiva en el 367 a. C., cuando se aprobaron las Rogaciones Sextianas-Licinianas,[16] que otorgaban al pueblo romano un poder sustancialmente mayor sobre la selecci�n de sus mandos militares.[16] Si bien Livio afirma que las rogativas crearon la pretor�a en el 367 a. C. para liberar a los c�nsules de sus responsabilidades judiciales, "pocos historiadores modernos aceptan [esta] descripci�n tal y como est� escrita".[17] M�s all� del conocimiento antiguo de que un t�tulo de pretor databa de los inicios de la rep�blica, lo que se convirti� en la pretor�a cl�sica fue inicialmente un cargo militar con imperium y "pr�cticamente id�ntico en autoridad y capacidad al consulado".[17] Adem�s, una pretor�a en toda regla sin collegium, como implica el relato de Livio, ser�a una "tremenda violaci�n de la pr�ctica romana en la que todas las magistraturas regulares se creaban en colegios formados por al menos dos".[18]
Los acad�micos y estudiosos consideran cada vez m�s que las [rogaciones] establec�an "un colegio de tres (y solo tres) pretores, dos de los cuales acabaron convirti�ndose en los c�nsules hist�ricos".[19] Lo que se convirti� en la pretor�a cl�sica en sus primeros a�os tampoco se consideraba inferior a los c�nsules, ya que "era una pr�ctica com�n que los hombres ocuparan la pretor�a despu�s de un consulado... ya que [hacerlo] era simplemente un m�todo para mantener el imperium durante un segundo a�o".[20]
Livio cuenta que hasta el a�o 337 a. C. el pretor era elegido �nicamente entre los patricios. En ese a�o, la elegibilidad para la pretor�a se abri� a los plebeyos, y uno de ellos, Quinto Publilio Fil�n, obtuvo el cargo.[21]
Solo en los 125 a�os posteriores a la elecci�n de tres l�deres militares surgi� una clara distinci�n entre lo que se convertiría en la figura de los cónsules y lo que se convertiría en la de pretores, debido a la "práctica normal romana de reservar un comandante en la ciudad o cerca de ella para fines de defensa y (eventualmente) para la administración civil".[22] La gloria y el prestigio ganados por los pretores luchando en guerras extranjeras, y luego aún en Italia, es lo que condujo al mayor prestigio del cargo de cónsul.[23] Solo en el año 180 a. C., con la aprobación de la lex Villia annalis, se prohibió el ejercicio del pretorio después del consulado.[24] Incluso después de que la figura del consulado surgiera de la de la pretoría con mayor prestigio y deseabilidad, el imperium pretoriano seguía sin ser legalmente distinto (o inferior al imperium consular) hasta el final de la república.[25]
A partir del año 241 a. C., los pretores empezaron a ser prorrogados, lo que permitió a antiguos pretores actuar en el lugar de un pretor (es decir, pro praetore) con el poder solo de "comandar la guerra en su provincia asignada [sin] otras preocupaciones o deberes".[26] La prórroga, en la práctica, otorgó a particulares un poder legalmente ficticio para actuar en lugar de los magistrados normales, permitiéndoles seguir actuando dentro de su tarea asignada (provincia).[27] La prórroga permitía a un magistrado, cuyo imperium no expiraba con su mandato hasta cruzar el pomerium o ser despojado por el pueblo, continuar en su tarea asignada o provincia.[28]
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Lafon, Mary (1 de enero de 1857). Roma antigua y moderna: su origen, historia, gobierno, legislacion, costumbres é instituciones políticas, civiles y religiosas. Libr. Española. Consultado el 12 de noviembre de 2015.
- ↑ En latín, la terminación del adjetivo coincide con el caso, el género y el número del sustantivo, por lo que la terminación de praetori- varía en las frases dadas.
- ↑ La mayoría de los diccionarios de latín de tamaño moderado enumeran los sustantivos y adjetivos pretoriales, así como los usos y las principales fuentes.
- ↑ «Tito Livio 6.42, 7.1». Archivado desde el original el 28 de septiembre de 2013. Consultado el 16 de marzo de 2012.
- ↑ Díaz, Francisco Eugenio; Eugenio, Francisco (1 de enero de 1991). Breve historia de Roma. Librería-Editorial Dykinson. ISBN 9788486133672. Consultado el 12 de noviembre de 2015.
- ↑ «Tito Livio 8.12». Archivado desde el original el 28 de septiembre de 2013. Consultado el 16 de marzo de 2012.
- ↑ a b c d Brennan, T. Corey (2000). The praetorship in the Roman Republic. Oxford University Press. ISBN 0-19-511459-0. OCLC 41503761. Consultado el 8 de febrero de 2022.
- ↑ a b Drogula, 2015, p. 15.
- ↑ Drogula, 2015, p. 18.
- ↑ Drogula, 2015, pp. 18-9.
- ↑ Drogula, 2015, p. 19.
- ↑ Drogula, 2015, p. 20.
- ↑ Drogula, 2015, p. 23.
- ↑ a b Drogula, 2015, p. 33.
- ↑ Drogula, 2015, p. 36.
- ↑ a b Drogula, 2015, p. 37.
- ↑ a b Drogula, 2015, p. 184.
- ↑ Drogula, 2015, p. 185.
- ↑ Drogula, 2015, p. 41.
- ↑ Drogula, 2015, pp. 186-7.
- ↑ Livio, Ab urbe condita 8.15.
- ↑ Drogula, 2015, p. 188.
- ↑ Drogula, 2015, pp. 188-9.
- ↑ Drogula, 2015, p. 186.
- ↑ Drogula, 2015, p. 192. Véase también la discusión de Livio y Festo sobre el uso de vis imperii como referencia a la jerarquía social, más que a la legal.
- ↑ Drogula, 2015, p. 212.
- ↑ Drogula, 2015, p. 214. Obsérvese que provincia no se refiere al uso normal de región como "provincia." Una provincia podía referirse a una tarea, normalmente una guerra, que debía llevarse a cabo o a un lugar en el que debía producirse una tarea, refiriéndose aquí a su gobierno. Este último significado fluye hacia "provincia".
- ↑ Drogula, 2015, p. 214.
Bibliografía
[editar]Drogula, Fred (2015). Commanders & command in the Roman Republic and Early Empire. Chapel Hill: University of North Carolina Press. ISBN 978-1-4696-2314-6. OCLC 905949529.